Se ha publicado la Resolución de 20 de enero de 2011, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2011 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
En cuanto a la indemnización por los días de baja, se establecen las siguientes cuantías por día:
Durante la estancia hospitalaria . |
67,98 € |
Sin estancia hospitalaria: |
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Impeditivo (1) . . . . . . . . . . . . |
55,27 € |
No Impeditivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . |
29,75 € |
(1) Se entiende por día de baja impeditivo aquél en que la víctima está incapacitada para desarrollar tu ocupación o actividad habitual.