Ante una negligencia médica cometida por una mutua de accidentes por deficiente asistencia sanitaria por un accidente laboral, el INSS, como administración competente para la vigilancia del funcionamiento del sistema sanitario, no es responsable del abono de indemnización. Así lo ha declarado el Tribunal Supremo en su Sentencia de 26 de octubre de 2011, entiendo que sólo es responsable la mutua de accidentes.