En el caso de indemnización por caídas en centro comercial, es posible argumentar en la reclamación que en aplicación de la normativa de defensa de los consumidores, se presume la culpa del dueño del centro comercial. Será dicho dueño quien en la reclamación de indemnización por caídas en centro comercial deberá acreditar que ha cumplido las exigencias y requisitos que reglamentariamente establecidos y los demás cuidados y diligencias que exige la naturaleza del servicio que presta.

 

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