Días a tras publicaba el enlace donde encontrar «el baremo» para el 2013 de la cuantificación económica de las lesiones sufridas por un accidente de tráfico.

En relación con dicho baremo, destacar que el Tribunal Supremo en una reciente Sentencia, indica que la cuantificación de las lesiones debe efectuarse en el momento en que las secuelas del accidente han quedado determinadas, que es el del alta médica definitiva.

Este criterio tiene su trascendencia práctica, dado que los importes indemnizatorios fijados en «el baremo» se actualiza anualmente al I.P.C., y es muy frecuente que la curación de las lesiones se produzca pasado el año en el que has sufrido el accidente. En base a lo establecido por el Tribunal Supremo, si has sufrido un accidente de tráfico en el año 2012 y el alta médica definitiva se produce en el año 2013, la valoración de las lesiones se debe hacer en base al «baremo» aprobado para el 2013, que fija unas cuantías superiores a las fijadas para el 2012.

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