La Audiencia Provincial de Jaén concede a una niña que quedó tetrapléjica como consecuencia de un accidente de circulación, aparte de un indemnización de 1.031.801,87 €, una renta vitalicia de 4.000 euros mensuales. Entiende la citada Audiencia que un supuesto con tales secuelas que suponen una gran invalidez, la opción legal de conceder una renta vitalicia resulta más precisa y ajustada que una indemnización por gran invalidez, dado que no se puede tener como límite cuantitativo la cantidad máxima indemnizatoria por la gran invalidez prevista en Baremos de daños y perjuicios para los accidentes de tráfico.
El argumento fundamental que se utiliza para fijar dicha pensión vitalicia consiste en que se asegura el pago periódico de un coste que se prolongará exactamente a todo lo que le resta de vida a la niña (atención médica, etc).